RESOLUCIÓN de 16 de diciembre de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de subvenciones a la modernización y gestión sostenible de las infraestructuras de las artes escénicas y musicales al amparo de los fondos de NextGeneratiónEU y el Mecanismo de recuperación y resiliencia del Reglamento (UE) número 2021/241 y se convocan para el año 2022 (código de procedimiento CT404E).
El Consejo Europeo aprobó el 21 de julio de 2020 la creación del programa NextGenerationEU, como instrumento de estímulo económico en respuesta a la crisis causada por el coronavirus.
El 10 de noviembre de 2020, el Parlamento Europeo y el Consejo alcanzaron el acuerdo sobre el paquete de medidas que incluye los fondos de NextGenerationEU y el Marco Financiero Plurianual 2021-2027, creándose el Mecanismo Europeo de Recuperación y Resiliencia, como instrumento de apoyo a los Estados miembros a través de transferencias directas y préstamos para incrementar las inversiones públicas y acometer reformas para paliar los devastadores daños producidos por el COVID-19.
El Reglamento (UE) nº 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de recuperación y resiliencia, señala que los Estados miembros elaborarán planes de recuperación y resiliencia nacionales para acogerse al mismo y alcanzar los objetivos establecidos y se presentará formalmente por los Estados, como muy tarde el 30 de abril.
La Resolución de 29 de abril de 2021, de la Subsecretaría del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, da publicidad al Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021, por el que se aprueba el Plan de recuperación, transformación y resiliencia, que define las estrategias a seguir en el desarrollo de los fondos europeos de recuperación. Las medidas que recoge el plan cumplen con los seis pilares establecidos por el Reglamento de la UE, y se articulan alrededor de cuatro ejes principales (la transición ecológica, la transformación digital, la cohesión social y territorial y la igualdad de género). Estos cuatro ejes de trabajo se desarrollan a través de diez políticas palanca, que integran a su vez 30 componentes o líneas de acción, para contribuir a alcanzar los objetivos generales del plan.
El Consejo de Ministros de 13 de julio de 2021, a propuesta del Ministerio de Cultura y Deporte, aprobó la distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos que serán gestionados por las comunidades autónomas con cargo al presupuesto del Ministerio de Cultura y Deporte en el marco de los componentes 24 y 25.
El componente 24 «Revalorización de la industria cultural» recoge reformas e inversiones orientadas a fortalecer la cadena de valor de las industrias culturales españolas promoviendo tres ejes estratégicos: la competitividad, la dinamización y cohesión del territorio, y la digitalización y sostenibilidad de los grandes servicios culturales. Dentro del mismo se encuentran diversos proyectos de los que participarán las comunidades autónomas, entre los que está el C24.I02.P02 «Modernización y gestión sostenible de las infraestructuras de las artes escénicas y musicales, así como el fomento de circuitos de difusión interterritorial», tras las transferencias de los pertinentes fondos durante los años 2021 y 2022 para convocatorias pública de ayudas. De este modo las comunidades autónomas receptoras desta financiación deberán destinar los créditos a entidades públicas y privadas de su ámbito territorial.
El día 22 de julio de 2021, se aprobaron los criterios de reparto de los fondos afectados para la financiación de las actuaciones descritas y su ejecución que corresponden a las comunidades autónomas, a través de convocatorias de ayudas en régimen de concurrencia competitiva.
En cumplimiento con la reglamentación antes descrita todos los proyectos de inversión deben de respetar el «principio de no causar un perjuicio significativo al medioambiente» (principio DNSH, Del Not Significant Harm) y las condiciones del etiquetado climático y digital. Eso incluye el cumplimiento de las condiciones específicas asignadas previstas en los componentes 24 y 25, así como nos inversiones en las que se enmarcan dichos proyectos, tanto en lo referido al principio DNSH, como al etiquetado climático y digital.
El Estatuto de autonomía de Galicia establece en el artículo 27.19 que le «corresponde a la Comunidad Autónoma Gallega a competencia y fomento de la cultura y de la investigación en Galicia», sin perjuicio de lo establecido en el artículo 149.2 de la Constitución.
La Xunta de Galicia, a través de la Consellería de Cultura, Educación y Universidad, tiene la responsabilidad de promocionar y fomentar la cultura gallega, teniendo en la Agencia Gallega de las Industrias Culturales (Agadic) el ente instrumental en el que centraliza los programas de apoyo destinados a reforzar el papel de los creadores individuales, empresas e industrias culturales privadas.
La Agencia Gallega de las Industrias Culturales, creada por la Ley 4/2008, de 23 de mayo, se concibe, según lo previsto en los artículos 3, 4 y 5, como una entidad de derecho público con personalidad jurídica propia, patrimonio propio y autonomía en su gestión, que tiene por objeto el impulso y la consolidación del tejido empresarial en el sector cultural gallego.
El objetivo de la Agencia es consolidar el tejido industrial en el sector cultural gallego para promover un tejido empresarial capitalizado, competitivo e innovador, fomentar la creación y potenciar la comercialización de bienes y servicios culturales de calidad, favoreciendo la difusión de la lengua y de la cultura gallegas como elementos singulares.
Con esta convocatoria de ayudas se pretende dar un impulso a la modernización y gestión sostenible de las artes escénicas y musicales, con cargo al Plan de transformación, recuperación y resiliencia, en el ejercicio 2022.